SÍ, AÚN ESTAMOS A TIEMPO…
Tras el último convenio (VII), firmado con casi dos años de retraso y que ha extinguido ya incluso su año de ultraactividad en diciembre de 2025, parece que ahora están negociando el que sería el “VIII Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos”.

SÍ, AÚN ESTAMOS A TIEMPO…
Sabemos que los convenios se firman con concesiones por ambas partes. Que en toda negociación hay que ceder para poder llegar a un acuerdo. Sabemos que hay muchas lagunas y artículos confusos y dudosos salvo en una cosa que siempre permanece: en caso de falta de acuerdo, se hará lo que diga la empresa (en aras de mantener la disciplina y organización en el trabajo, como reza el artículo 9 del convenio vigente ¿o no?)

SÍ, AÚN ESTAMOS A TIEMPO…
Por eso, desde PHA queremos aportar algunas medidas que consideramos fundamentales para conseguir que la discriminación que sufrimos los trabajadores y las trabajadoras de estos centros (agravada cada vez más por acuerdos que sí alcanzan nuestros compañeros y compañeras de los centros públicos) disminuya con el objetivo que perseguimos desde nuestro nacimiento: la HOMOLOGACIÓN.

En general, son medidas de bajo coste y que ya indicamos cuando se firmó el VII Convenio.

PROPUESTAS DE LA P.H.A. PARA EL VIII CONVENIO

  1. Reducción jornada lectiva mayores 55 años.
  2. Eliminar la posibilidad de 8 últimos días de agosto (art. 35). Es nuestro periodo real de vacaciones y una amenaza utilizada de forma recurrente.
  3. Proporcionalidad bolsa de horas de tutorías según número de hijos. Actualmente son un máximo de 10 horas tengas los hijos que tengas (art. 41.8).
  4. Clarificar de una vez por todas si el recreo es lectivo. Si no, eliminar punto 6 del anexo I “Durante el tiempo del recreo la persona trabajadora estará a disposición del empresario para efectuar la vigilancia de los alumnos, o cualquier otra actividad que le sea encomendada” (¿qué significa esto?).
  5. Incluir en el cómputo de horas anual las dedicadas a salidas de más de un día de duración que sobrepasen la jornada de los días correspondientes.
  6. Clarificar los conceptos de los tipos de horas: ¿Qué es eso de horas ordinarias? ¿Por qué en las salidas de un día si se cuentan las horas que se pasen de la jornada y en las salidas con pernocta no?
  7. Y, por supuesto, la Paga Extraordinaria de Antigüedad (PEA). Es una ilegalidad flagrante que hemos denunciado.
  8. Acceso a los cursos del CEP en las mismas condiciones. Sabemos que teóricamente es así pero en la práctica no.
  9. Posibilidad de adaptación de puestos de trabajo a personas que no pueden con la jornada completa o con ciertos cursos por razones de salud.
  10. Posibilidad de formar parte a todos los efectos de los tribunales de las pruebas de acceso a la universidad (preparación, vigilancia, corrección).
  11. Inclusión de los compañeros y compañeras del PAS en pago delegado.

Por último, queremos señalar una vez más que, tal y como se indica en la Ley de Educación de Andalucía (LEA), artículo 3, “los centros docentes privados concertados forman parte del Sistema Educativo Público Andaluz”.

Estamos cansados de que se niegue el carácter público de los centros concertados. Lo público no se define por la titularidad de la propiedad sino por la función social. No depende de quién es el dueño del edificio, sino de a quién sirve ese edificio. Un servicio es público cuando se cumplen cuatro condiciones:

  • Servir al interés general
  • Garantizar el acceso universal
  • Estar regulado y supervisado por el Estado
  • Formar parte del sistema de derechos fundamentales

Resulta obvio que los centros privados concertados cumplimos todas esas condiciones. No somos un servicio público sólo porque lo diga la ley (que también), sino por el carácter del servicio que ofrecemos a la sociedad.

Es por todo eso por lo que debemos exigir que se nos incluya en el acuerdo de mejora del sistema educativo que se ha firmado exclusivamente para el personal funcionario docente no universitario de Andalucía. Es un acuerdo, tal y como se especifica en el mismo, “tiene como objetivo final mejorar la sociedad a través de la educación” y que “demuestra la voluntad de contribuir al reconocimiento de la función docente y de la atención al alumnado, mejorando en definitiva la calidad de la enseñanza”. ¿Es que nuestros alumnos y alumnas no forman parte de esa sociedad que afirman querer mejorar? ¿Es que la función docente es una labor reservada para los funcionarios y funcionarias de los centros públicos? ¿Qué función realizamos entonces nosotros? De nuevo nos encontramos ante una clara discriminación que no afecta sólo a las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras de los centros concertados de enseñanza de Andalucía, sino que también discrimina a los alumnos y alumnas de dichos centros mermando además el derecho de libre elección.

De ahí nuestra última propuesta:

  1. Inclusión en el acuerdo de mejora del sistema educativo y de las condiciones laborales del personal docente. Esto implica:
  • Dos días de asuntos propios retribuidos (acordado en septiembre 2025)
  • Disminución de ratios a 22 en infantil de 3 años (y luego sucesivamente) para el próximo curso
  • Refuerzo de plantillas para la atención a la diversidad en obligación primaria y secundaria en función de la ratio
  • Medidas para la simplificación y desburocratización de los procesos de enseñanza-aprendizaje
  • Realización del trabajo en horario no lectivo de forma telemática en general

 SÍ, AÚN ESTAMOS A TIEMPO…
Creemos que todas estas son medidas que se pueden llevar a cabo y en muchos casos concretar en un posible VIII Convenio e invitamos a las partes negociadoras (patronales y sindicatos) y a la administración a tenerlas en cuenta.

¡HOMOLOGACIÓN YA!

¡SIEMPRE ADELANTE!

¡SIEMPRE ADELANTE!